Desinfección y Control de Legionella
Las instalaciones de riesgo de LEGIONELLA con mayor frecuencia que se encuentran contaminadas con Legionelosis y han sido identificadas como fuentes de infección, son los sistemas de distribución de agua sanitaria, caliente y fría, así como los equipos de enfriamiento de agua evaporativos.
En este sentido se han clasificado normativamente las instalaciones en función de la probabilidad de proliferación y dispersión de legionella, identificando como las de un mayor riesgo las torres de refrigeración y condensadores evaporativos, los sistemas de agua caliente con acumuladores y circuitos de retorno, así como los sistemas de agua climatizada con agitación y recirculación con fines recreativos, tal como spa, jacuzzi, piscinas, bañeras de hidromasajes, chorros de agua a presión, etc.
3. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de este real decreto las instalaciones ubicadas en edificios dedicados al uso exclusivo en vivienda, excepto aquellas que afecten al ambiente exterior de estos edificios. No obstante y ante la aparición de casos de legionelosis, las autoridades sanitarias podrán exigir que se adopten las medidas de control que se consideren adecuadas.
1. Las medidas contenidas en este real decreto se aplicarán a las instalaciones que utilicen agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y se encuentren ubicadas en el interior o exterior de edificios de uso colectivo, instalaciones industriales o medios de transporte que puedan ser susceptibles de convertirse en focos para la propagación de la enfermedad, durante su funcionamiento, pruebas de servicio o mantenimiento.
2. A efectos de lo establecido en este real decreto las instalaciones se clasifican en:
1º. Instalaciones con mayor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella:
• a) Torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
• b) Sistemas de agua caliente sanitaria con acumulador y circuito de retorno.
• c) Sistemas de agua climatizada con agitación constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire (spas, jakuzzis, piscinas, vasos o bañeras terapéuticas, bañeras de hidromasaje, tratamientos con chorros a presión, otras).
• d) Centrales humidificadoras industriales.
2º. Instalaciones con menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella:
• a) Sistemas de instalación interior de agua fría de consumo humano (tuberías, depósitos, aljibes), cisternas o depósitos móviles y agua caliente sanitaria sin circuito de retorno.
• b) Equipos de enfriamiento evaporativo que pulvericen agua, no incluidos en el apartado anterior.
• c) Humectadores.
• d) Fuentes ornamentales.
• e) Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano.
• f) Sistemas de agua contra incendios.
• g) Elementos de refrigeración por aerosolizacion, al aire libre.
• h) Otros aparatos que acumulen agua y puedan producir aerosoles.
3º. Instalaciones de riesgo en terapia respiratoria:
• a) Equipos de terapia respiratoria.
• b) Respiradores.
• c) Nebulizadores.
• d) Otros equipos médicos en contacto con las vías respiratorias.
Control de Legionella en Murcia
Nuestra empresa cuenta con un equipo humano especializado en el control y desifección de legionella para garantizar la seguridad de sus instalaciones y el cumplimiento con el Real Decreto 865/2003.